Subvenciones para actividades económicas locales 2022-23

¿Què es?

Es la convocatoria que subvenciona las inversiones realizadas por las actividades económicas en el municipio de Palafrugell Los capítulos de actuaciones subvencionables son :

  • Capítulo I. Mejora de la imagen exterior de las actividades económicas
  • Capítulo II. Mejora de los establecimientos comerciales y/o actividades económicas.
  • Capítulo III. Fomento de la iniciativa emprendedora
  • Capítulo IV. Mejora del ahorro energético
  • Capítulo V. Fomento de la innovación y la competitividad
  • Capítulo VI. Cesión de negocio

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán ser beneficiarios de esta subvención los profesionales autónomos que estén dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos por cuenta propia o autónomos (RETA), las empresas individuales, asociadas o agrupadas dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas (IAE) y que cumplan los requisitos generales siguientes:

  • Que hayan realizado las inversiones dentro del período entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023.
  • Que las personas titulares de la actividad económica tengan la sede social y/o el establecimiento sobre el que recaen las acciones, dentro del municipio de Palafrugell.
  • Que hayan realizado una inversión mínima de 2.000 euros, a excepción de: Capítulo III, donde la inversión mínima tiene que ser de 1.000 euros; Capítulo IV, donde la inversión mínima tiene que ser de 1.000 euros y un mínimo de 500 euros por cada factura.
  • Que la actividad esté en funcionamiento con la misma persona titular, como mínimo hasta un año posterior al otorgamiento de la subvención.
  • Será requisito necesario para obtener la subvención que la actividad económica haya obtenido la correspondiente licencia de actividad del Ayuntamiento o haya presentado la comunicación o declaración responsable y no tenga requerimientos pendientes de cumplimiento.
  • En el caso que se realicen obras para la posterior apertura de la actividad, una vez se tenga la licencia o se haya comunicado la actividad se podrá presentar la solicitud de subvención y se podrá, únicamente en estos casos, que sean subvencionables los gastos que se hayan podido efectuar durante el período subvencionable anterior.
  • Para las solicitudes de cualquiera de los capítulos, si es necesario, deberá disponer de la correspondiente licencia de obras municipal o haber hecho la comunicación previa.
  • El IVA no es subvencionable.

Se pueden consultar les bases y tota la información AQUÍ  

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